sábado, 3 de mayo de 2014

Nueva Ley General 
de Aguas: ¿vanidad 
o necesidad?


Gabriel Quadri de la Torre

¿México necesita una nueva legislación en materia de aguas, o sólo una buena administración? No es fácil responder esta pregunta, porque la aplicación cabal de las leyes depende del propio sistema de reglas, premios y castigos que éstas establecen. Pero concedamos: si las cosas no funcionan como debieran, es posible que la causa sea una legislación deficiente. Y son muchas las cosas que no funcionan bien en la gestión del agua en nuestro país.
La contaminación de mares y costas, de ríos, lagos y lagunas es generaliza por la falta de tratamiento de aguas residuales urbanas; la calidad del agua en las ciudades no es confiable (lo que obliga a comprarla embotellada o a beber refrescos). Los organismos operadores municipales son en su mayoría ineficientes, dispendiosos, opacos, con frecuencia corruptos, requieren de cuantiosos subsidios, tienen cobertura insuficiente y dan un pésimo servicio a los usuarios. Muchos ecosistemas acuáticos languidecen por falta de agua, que es acaparada y derrochada por unidades y distritos de riego agrícola. No existe un sistema de información comprensivo y confiable del desempeño de organismos operadores y sobre la salud de las cuencas hidrográficas y cuerpos de agua. Más de 100 acuíferos subterráneos estratégicos están sobreexplotados y en vías de agotamiento por el bombeo de agua para riego (que no se cobra, mientras la electricidad se subsidia). Carecemos de un marco regulatorio para afrontar los desafíos hídricos de la explotación de hidrocarburos de lutitas (shale oil y shale gas) y facilitar proyectos de energía renovable en geotermia e hidroelectricidad.
La nueva ley que se planea es una Ley General de Aguas, aplicable a los tres órdenes de gobierno, lo que podría desatar por las buenas el nudo gordiano que representa el artículo 115 constitucional, el cual deposita en los municipios todas las facultades relativas al servicio público de agua potable, drenaje y saneamiento. Esto permitiría construir un mecanismo de regulación sobre los organismos operadores municipales, hasta ahora evadido, lograr economías de escala mediante organismos metropolitanos, profesionalización y gobierno corporativo moderno, autosuficiencia financiera, transparencia y rendición de cuentas.
La nueva Ley General de Aguas tiene la oportunidad de re-distribuir competencias en la vigilancia y sanción por descargas de aguas residuales contaminadas, de que se evite la impunidad, los conflictos de interés y la captura regulatoria observados actualmente. Es preciso que esas competencias sean transferidas de la Conagua a la Profepa, con los recursos humanos y presupuestarios requeridos, con la finalidad de realinear incentivos, premios y castigos, y permitir una política integrada de calidad ambiental (multimedios). Igualmente urgente, y en un nuevo modelo de pesos y contrapesos, es concederle a Semarnat (probablemente a la Conanp) la representación de los intereses hídricos de los ecosistemas acuáticos (lagunas, deltas, humedales, estuarios), que exigen ser reconocidos como usuarios vitales del agua, y demandan un abastecimiento ecológico suficiente para su supervivencia e integridad.
Por razones civilizatorias elementales, y de imperativos inaplazables de salud pública, es necesario asegurar la calidad del agua municipal, para que pueda ser bebida confiablemente de cualquier grifo o toma pública. Es indispensable la eliminación de subsidios a la electricidad para bombeo y terminar con la gratuidad del agua para riego en acuíferos sobreexplotados; promover la desalinización del agua de mar; crear un nuevo régimen de concesiones en energía geotérmica y minihidráulica, y un nuevo andamiaje de concesiones y regulación para hidrocarburos de lutitas en cuya explotación se consume mucha agua.
La nueva Ley General de Aguas debe apuntar hacia estos objetivos. De lo contrario, podría ser sólo un ejercicio de vanidad política.
Fuente:http://eleconomista.com.mx/

No hay comentarios:

Publicar un comentario